De conformidad con lo previsto en el artículo 196 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que con anterioridad a la celebración de la Junta General los socios tienen derecho a solicitar por escrito la información o aclaraciones que se refieran a los puntos comprendidos en el Orden del Día de la reunión, o a formular las preguntas que consideren precisas.


Conforme al artículo 272 de la Ley de Sociedades Capital, a partir de la convocatoria de la Junta General, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que ha de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como en su caso, el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas.